‘Pablo Escobar’ no puede ser marca registrada en la UE aunque le llamen el “Robin Hood colombiano”

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El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha decidido este miércoles que la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) hizo lo correcto cuando negó el registro de la marca ‘Pablo Escobar’ en la Unión, y subraya que la institución europea, con sede en Alicante, “estimó correctamente que esas personas asocian el nombre de Pablo Escobar con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia”. “Por lo tanto, según el Tribunal General, la marca será percibida como contraria a los valores y a las normas morales fundamentales imperantes en la sociedad española”, señala el alto tribunal de Luxemburgo.

Uno de los principales argumentos de la marca, llamada Escobar Inc., y establecida en el territorio estadounidense de Puerto Rico, y que ha recurrido la decisión de la EUIPO, es que a Escobar ya no se le vincula con sus crímenes y que se ha convertido en una figura de la cultura popular y recuerdan que nombres como “Bonnie y Clyde”, “Al Capone” o “Che Guevara” están registrados como marcas en la Unión Europea. Los demandantes señalan que la EUIPO “no tuvo en cuenta el hecho de que, por definición, los nombres de personajes como ‘Robin Hood’, que se han convertido en míticos, simbólicos o arquetípicos en la cultura popular dominante, aunque estén asociados a delitos”.

En toda la sentencia se menciona hasta tres veces a Robin Hood. “Ese sufrimiento —el causado por Escobar y su cartel— no se borra por las acciones en favor de los pobres o el papel de ‘Robin Hood’ que el demandante o muchos colombianos atribuyen a Pablo Escobar en Colombia, o por el hecho de que se haya convertido en un icono de la cultura popular en España”, explica el Tribunal General, haciendo referencia por ejemplo al impacto que ha tenido la serie Narcos.

“Para los numerosos consumidores de los productos y servicios de que se trata que, en particular en España, comparten dichos valores, la marca solicitada podría ser percibida como altamente ofensiva o chocante, como una apología del crimen y una banalización del sufrimiento causado a miles de personas asesinadas o heridas por el cártel de Medellín, del que Pablo Escobar era el presunto líder”, subraya la sentencia en una de sus secciones clave.

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha decidido este miércoles que la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) hizo lo correcto cuando negó el registro de la marca ‘Pablo Escobar’ en la Unión, y subraya que la institución europea, con sede en Alicante, “estimó correctamente que esas personas asocian el nombre de Pablo Escobar con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia”. “Por lo tanto, según el Tribunal General, la marca será percibida como contraria a los valores y a las normas morales fundamentales imperantes en la sociedad española”, señala el alto tribunal de Luxemburgo.

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