Rondón celebra anulación de pruebas a empresa Odebrecht; dice “la justicia perfecta es la divina”

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El empresario Ángel Rondón Rijo celebró este jueves la anulación de todas las pruebas obtenidas mediante acuerdos de colaboración con la constructora Odebrecht por parte de un magistrado de la Corte Suprema brasileña.

“Celebro la decisión de un juez de la Suprema Corte de Justicia de Brasil que ha eliminado todas las pruebas contra la empresa Odebrecht basadas en testimonios para afectar a funcionarios y políticos en ese y otros países”, manifestó Rondón en un hilo en su cuenta de Twitter.

A esto agregó: “Ya lo dije antes y ahora me toca repetirlo. La justicia perfecta es la divina. La terrenal es susceptible de equívocos, pero al final la razón se impone y el bien triunfa sobre el mal”.

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Este pasado miércoles el juez José Dias Toffoli, de la Corte Suprema brasileña, decidió en respuesta a un pedido realizado por la defensa del presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, que llegó a pasar 580 días en prisión condenado por corrupción y lavado de dinero en un proceso que después fue anulado y que se basaba en parte en pruebas ofrecidas por Odebrecht.

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Rondón se refirió en esos términos en la citada red social, publicando una imagen de un extracto de la información sobre la anulación de las pruebas.

Sobre el caso

La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó el pasado 19 de mayo las condenas al empresario Ángel Rondón y al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, implicados en el caso de los sobornos de la constructora brasileña Odebrecht.

Rondón Rijo fue hallado culpable del crimen de soborno nacional y lavado de activos, mientras que el Díaz Rúa, exministro de Obras Públicas, fue hallado culpable del crimen de lavado de activos proveniente del enriquecimiento ilícito, hechos que según la ley son penalizados por la ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión y la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos.

La sentencia condenó a Rondón y a Díaz Rúa al pago de las costas penales del proceso; ordenó el decomiso de las sociedades Laschan Corp y constructores y contratistas Conamsa SRL, y todos los bienes muebles e inmuebles y productos financieros que registren en entidades de intermediación financiera y de valores nacionales y extranjeras; así como el decomiso a favor del Estado de 11 bienes de Díaz Rúa.

Antecedentes

El juicio Odebrecht inició el pasado 5 de noviembre de 2020 con la lectura de la acusación por los representantes del Ministerio Público y continuó desarrollándose conforme al debido proceso y las disposiciones establecidas en el artículo 315 del Código Procesal Penal referencia a continuidad de las audiencias.

En el mes de abril del 2021, el tribunal decidió dejar fuera del proceso los testimonios (las delaciones premiadas) de exfuncionarios de la constructora brasileña Odebrecht, porque estos pretendían ser introducidos al juicio como un documento y no directamente por los testigos, contraviniendo las reglas que establece el Código Procesal Penal y la Resolución 3869-2006 sobre el manejo de las pruebas.

Se recuerda que la etapa de preparación del debate inició el 12 de septiembre de 2019 por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, en virtud de que el senador Galán tenía jurisdicción privilegiada, sin embargo y sentando una jurisprudencia con el voto de la mayoría del alto tribunal, se decidió el 17 de diciembre de ese mismo año enviar ante la jurisdicción ordinaria el caso en lo relacionado a los demás imputados y con esto rompió o abandonó la jurisprudencia con relación a la teoría del arrastre. La decisión también dispuso que el entonces senador sea juzgado por la Sala Penal de la SCJ y no por el pleno.

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