Aconsejan a deudores tributarios transparentar declaraciones y tener posibilidad de que deudas sean eliminadas

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Aconsejan a deudores tributarios transparentar declaraciones y tener posibilidad de que deudas sean eliminadas

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El abogado Gilberto Objío Subero aconsejó este viernes a los contribuyentes que no están al día con sus pagos, organizarse y transparentar sus declaraciones tributarias para que puedan tener la posibilidad de que las deudas que generaron sean eliminadas.

El abogado hizo la exhortación a raíz de que el Poder Ejecutivo sometió al Congreso Nacional un proyecto de ley que instaura un tratamiento especial transitorio de fiscalización, gestión y recuperación de deuda tributaria, hasta el 20 de diciembre de 2023.

“Organice y declare sus tributos de manera que, cuando el proyecto sea aprobado, usted tenga la primera de las condiciones cumplidas que es estar transparente, qué significa, haber declarado cada uno de los períodos fiscales”, manifestó.

El abogado emitió sus comentarios al participar en el programa “El Nuevo Diario AM”, que conducen los periodistas Enrique Mota y Rafael Zapata y es transmitido por la plataforma digital El Nuevo Diario TV.

(Ver programa).

Explicó que la intención que subyace debajo de que se apruebe este proyecto es cerrar este periodo fiscal sin deudas tributarias en las instituciones públicas, generadas por retención de pagos a asalariados o contribuciones de diferentes naturaleza al erario público.

“Tenemos otro tipo de situaciones en el Estado donde se genera deuda tributaria, la compra y contratación de bienes y servicios, a veces se tiene que pagar Itbis y el Estado, pues, se ahorra el Itbis o lo retiene y cuando lo retiene no lo reporta a la DGII”, sumó.

También dijo que uno de los objetivos de esta ley es que los periodos que van desde antes del 2015 y desde el 2016 al 2021, con ciertas condiciones, queden totalmente liberados del pago de impuesto para el Estado en cuanto su deuda tributaria.

“Se trata de poder cobrar lo que no se ha cobrado, especialmente del periodo del 2016 al 2021, y poder limpiar la cartera de acreencias del Estado, de cuentas incobrables porque en gran medida esas cuentas son deudas propias. Ellos quieren liberarse de esa carga porque en verdad ninguna de esas instituciones públicas genera dinero, todas tienen que pedir presupuesto”, puntualizó.

Impuestos abarcados en el procedimiento de prescripción

  • Impuesto sobre la renta (ISR)
  • Impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios (ITBIS)
  • Impuesto selectivo al consumo (ISC)
  • Impuesto sobre activos (ISA)
  • Impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI)
  • Impuestos a las zonas francas
  • Impuestos a los juegos de azar (bancas de loterías, casinos, máquinas tragamonedas y juegos por internet).

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