
No figura entre las atribuciones del Congreso Nacional honrar a personalidades colocando sus nombres en calles y avenidas, ni cambiar nombres ya establecidos en determinadas vías, según establece el artículo 93 de la Constitución de la República.
Son atribuciones del Congreso legislar, fiscalizar y representar al pueblo en sus distintas demarcaciones.
La controversial decisión del Congreso de crear una ley para cambiar el nombre de Juan Bosch de la avenida Circunvalación Santo Domingo por del doctor José Francisco Peña Gómez, ha provocado controversias en distintos sectores han que criticado ampliamente la decisión.
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El acápite Q del artículo 93 de la Carta Magna establece que la que el Congreso puede “legislar acerca de toda materia que no sea de la competencia de otro poder del Estado y que no sea contraria a la Constitución”.
Waldy Taveras
El experto en asuntos municipales Waldy Taveras aseguró que en materia de designación de nombres a calles y avenida esto está reservada por ley al Poder Ejecutivo y a los Concejos de Regidores de los Ayuntamientos, por lo tanto, no es competencia del Congreso Nacional.
En ese sentido citó la ley 2439 del 1950, sobre asignación de nombres a edificios, obras, vías y servicios públicos modificada por la ley 49/66, en su Art. 3 establece que: Siempre que no exista o se dicte una ley especial al respecto se asignaran por decreto u otra disposición del Poder Ejecutivo los nombres de los edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos dependientes del estado
Presidente Abinader
El presidente Luis Abinader anunció el miércoles que presentará una solicitud al Congreso para oficializar el nombre de la Circunvalación de Santo Domingo como «Profesor Juan Bosch», en honor al destacado escritor, educador y expresidente de la República Dominicana.