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La aprobación de la Ley 1-24 sobre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ha movido a alarma, con razón, por múltiples disposiciones en la misma que múltiples abogados constitucionalistas han indicado podrían ser consideradas inconstitucionales. El Estado se ha mostrado abierto a las discusiones sobre esta ley e incluso ha dado señales de promover su reforma para atender las preocupaciones. Particularmente me llaman la atención otros aspectos de dicha ley que no han recibido igual atención en los medios pero serán central en esta propuesta.
En la República Dominicana hay en la actualidad operando unas 7 agencias de inteligencia, 4 de ellas militares, entre múltiples otras direcciones o entidades que realizan tareas similares o adyacentes a las funciones de inteligencia del Estado. La Ley 1-24 no cambia esa realidad sino que la refuerza creando el Sistema Nacional de Inteligencia y reconociendo todas esas agencias como parte de ese ente.
Estados Unidos aprendió una lección muy importante cuando ocurrieron los atentados del 11 de septiembre del 2001, y fue que la falta de coordinación y centralización de sus diversas agencias de inteligencia debilitó su capacidad de acción y la detección temprana de amenazas. La Ley 1-24 establece al DNI como el órgano coordinador del Sistema Nacional de Inteligencia, pero no le da muchas herramientas, si alguna, para hacer efectivo ese rol. No es de conocimiento público que tanto nuestras agencias de inteligencia coordinan sus actividades, pero por la naturaleza de sus funciones tiendo a inclinarme a dudar que la coordinación es poca.
No veo nada negativo en la cantidad de agencias de inteligencia que actualmente tenemos en nuestro país, lo que sí entiendo que sería prudente aprovechar la oportunidad de una ley como la 1-24 para definir los roles de cada una de estas evitando que se dupliquen esfuerzos y poder hacer un uso más efectivo de los recursos de cada una de ellas.
En ese contexto también debería crearse una agencia de inteligencia para el extranjero encargándose de recabar inteligencia de seguridad nacional alrededor del mundo lo que no solo serviría para documentar la toma de decisiones diplomáticas para nuestro servicio de Relaciones Exteriores, sino que podrá darle visibilidad a los tomadores de decisiones de nuestro país sobre riesgos y oportunidades en el exterior para los intereses nacionales.
Es una pena que la Ley 1-24 saliera con muchos de los defectos constitucionales que muchos de sus críticos han levantado, eso dicho, la apertura al diálogo para reformar esa ley es una excelente oportunidad para no solo tener una ley de inteligencia que supere cualquier test de constitucionalidad, sino para reforzar el Sistema Nacional de Inteligencia, definir mejor los roles de cada agencia y crear una agencia dedicada a la inteligencia en el exterior.